El Tribunal de Casación Penal resolvió que la muerte de Lucía Pérez no fue un femicidio, por lo que no es aplicable la pena de prisión perpetua que tenía Matías Farías y ordenaron al Tribunal N° 2 de Mar del Plata que le fijaran una nueva sentencia, pero solo por el delito de "abuso sexual".

El fallo de los jueces Víctor Violini y Florencia Budiño, al rechazar que se trató de un femicidio, hace lugar parcialmente a lo planteado por la defensora oficial de Matías Farías, Laura Solari y los defensores de Pablo Offidani, César Sivo y Romina Merino.

Los jueces del Tribunal de Casación Penal si bien entendieron que se trató de un caso de abuso sexual entre una adolescente de 16 años con consumo problemático de estupefacientes y un dealer de 23, consideraron que no existe una responsabilidad penal en la muerte de Lucía Pérez, ni con dolo eventual como la planteó en la sentencia el Tribunal N° 2 ni en un hipotético caso de homicidio culposo.

Esta resolución de Casación Penal se da a conocer en el día del cumpleaños de Lucía Pérez. 

En marzo de 2023, en el segundo juicio por la muerte de Lucía, el Tribunal N° 2 de Mar del Plata condenó a Matías Farías a la pena de prisión perpetua por los delitos de abuso sexual con acceso carnal agravado por el suministro de estupefacientes y por resultar la muerte de la persona ofendida, en concurso ideal con femicidio; mientras que a Juan Pablo Offidani la pena de 8 años de prisión por resultar partícipe secundario del abuso sexual.

Además, como ambos tenían una pena anterior de 8 años de prisión por la venta de droga, a Offidani le unificaron las penas a una única de 15 años.

Los defensores de Farías y Offidani habían apelado la sentencia, por entender que no existía delito alguno: rechazaron tanto la condena de femicidio como la de abuso sexual, por lo que el caso llegó hasta el Tribunal de Casación Penal.

Los jueces Víctor Violini y Florencia Budiño consideraron que, tal como lo planteó la sentencia del Tribunal N° 2, que existía un contexto asimétrico de poder entre Lucía Pérez, una adolescente de 16 años con consumo problemático de estupefacientes, y Matías Farías, un dealer de 23 años que no consumía. 

Para los jueces, quedó demostrado el contexto de violencia de género y el control que Farías tenía del encuentro con Lucía. Otro punto que destacaron, es que Farías buscaba “chicas para venderles” y que no le interesaba comercializar con hombres. Para los jueces, esto “permite inferir que era intencional programar encuentros con objetivos sexuales”.

¿Cómo sigue la causa?

 

El Tribunal de Casación Penal ordenó al Tribunal N° 2 de Mar del Plata que, ya que no corresponde más la pena de prisión perpetua para Farías, fije una nueva condena, pero solo por el delito de “abuso sexual con acceso carnal agravado”, que podría ser de hasta 15 años de prisión, además de la condena previa que tiene de 8 años por venta de estupefacientes.

Además, esta resolución de Casación Penal podría ser apelada por la familia de Lucía Pérez, por lo que el caso podría llegar hasta la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires.