Una reforma constitucional no es cosa de todos los días. En Santa Fe hubo en las últimas décadas varios intentos por encarar una transformación del texto constitucional de 1962, pero fracasaron por falta de consenso en la Legislatura. Con Maximiliano Pullaro en el gobierno la situación cambió. El mandatario tiene mayoría propia en ambas cámaras legislativas y en diciembre consiguió el puñado de votos que le faltaban para obtener los dos tercios que se requieren para sancionar la ley de necesidad de la reforma constitucional.

Esa norma habilitó la posibilidad de reescribir 42 artículos de la Carta Magna santafesina y sumar nuevos. Esa será tarea de una Convención Constituyentes cuyos integrantes surgirán de los comicios que se realizarán en unos días, el 13 de abril, junto a las Paso de concejales. Se eligen, a través del sistema de boleta única, 69 convencionales: 50 son como los diputados, por distrito único pero con la distribución de bancas a través de sistema d'hont puro; los otros 19 uno por departamento, como los senadores provinciales.

En la Convención Constituyente los 69 funcionarán en un solo cuerpo. Cuándo será esa convención aún es una incógnita: el gobernador tiene un año de plazo para convocarla. Entre los temas a tratar, de acuerdo al contenido de la ley, hay cuestiones referidas al funcionamiento del Ejecutivo –entre ellas la reelección del gobernador–, el Poder Legislativo –por ejemplo, límites a la cantidad de mandatos, pero no la posibilidad de eliminar alguna de las cámaras– y al Judicial. Una nueva Constitución es, al fin de cuentas, la institución base del contrato social; por eso su trascendencia.

Con la idea de acercar al menos parte del pensamiento de los candidatos a convencionales a la ciudadanía, Rosario3 invitó a representantes de nueve listas a responder tres consignas: 1. Un artículo de la Constitución santafesina que cambiaría y cómo. 2. Un artículo que incorporaría. 3. Un artículo que dejaría como está y por qué. Las respuestas incluidas en esta nota, que fueron pedidas por escrito, son ocho, pues no hubo contestación de parte del sector de Amalia Granata.

Germana Figueroa Casas

 

Germana Figueroa Casas, hoy diputada nacional del PRO, ocupa el segundo lugar en la lista de convencionales de Unidos para Cambiar Santa Fe que encabeza el gobernador Maximiliano Pullaro. Como otros postulantes, encontró acotada la propuesta de este medio. “En términos generales, pretendemos una Constitución que contenga principios que contribuyan a tener un Estado más moderno, eficiente, transparente y capaz de garantizar condiciones de desarrollo, luchando contra la narcocriminalidad y el delito en general”, dijo. Aun así, aceptó jugar el juego. 

1. Un artículo de la Constitución que cambiaría y cómo:

Artículo 5, sobre el sistema tributario. Cambiaría la redacción para incluir, por un lado, criterios de responsabilidad fiscal y agregar principios de la tributación como equidad, legalidad, generalidad, no confiscatoriedad y capacidad contributiva, garantizando que la carga impositiva no distorsione la actividad económica ni desincentive la inversión. 

2. Un artículo que incorporaría:

Incorporaría Ficha Limpia: un artículo que establezca como condición para ser candidato a cargos electivos no haber sido condenado en las condiciones y por los delitos que defina la ley, respetando el doble conforme. 

3. Un artículo que dejaría como está y por qué:

Mantendría el artículo séptimo porque, a pesar de la época de su redacción, reconoce principios centrales sobre el respeto de la libertad y la dignidad de las personas. Entre ellos, el derecho al libre desarrollo de la personalidad, esto implica que el Estado respete la elección de vida de cada persona. 

El siguiente es el texto del artículo 7: “El Estado reconoce a la persona humana su eminente dignidad y todos los órganos del poder público están obligados a respetarla y protegerla. El individuo desenvuelve libremente su personalidad, ya en forma aislada, ya en forma asociada, en el ejercicio de los derechos inviolables que le competen. La persona puede siempre defender sus derechos e intereses legítimos, de cualquier naturaleza, ante los poderes públicos, de acuerdo con las leyes respectivas. Los derechos fundamentales de libertad y sus garantías reconocidos por esta Constitución son directamente operativos”.

“La reforma ofrece una gran oportunidad para mejorar la calidad institucional, pero requiere responsabilidad y equilibrio: modernizar lo que está desactualizado, incorporar avances como Ficha Limpia y mantener lo que ya funciona bien”, sostuvo Figueroa Casas.

Marcelo Lewandowski

 

Marcelo Lewandowski, actualmente senador nacional del justicialismo, encabeza esta vez una lista que va por fuera del PJ oficial, bajo el nombre Activemos. Ante la invitación de este medio, apuntó a poner un freno a las reelecciones indefinidas de los senadores y diputados, con la idea de favorecer la alternancia y a participación. Además, abogó por incorporar al texto constitucional un artículo que impida transferir o privatizar el sistema jubilatorio provincial.  

1. Un artículo de la Constitución que cambiaría y cómo:

Artículos 34 y 38, que establecen que los diputados y senadores duran cuatro años en sus mandatos y pueden ser reelectos de manera indefinida. La propuesta es que puedan ser reelectos por un solo período para el mismo cargo.

Actualmente, ambos cargos son reelegibles indefinidamente. Proponemos un límite claro, como tienen las provincias de La Rioja, Catamarca, entre otras, que solo permiten dos periodos consecutivos seguidos de un intervalo y luego una nueva posibilidad de ser elegidos. Entendemos que debemos ir más allá, al sostener que una persona solamente puede ocupar un mismo cargo legislativo en dos oportunidades. Hoy tenemos legisladores que hace 30 años se encuentran en su banca; la alternancia, abrir el juego y permitir una mayor participación es clave para un buen sistema democrático. 

2. Un artículo que incorporaría:

Incorporaría un artículo sobre el sistema jubilatorio provincial, con el siguiente texto: “Las jubilaciones y pensiones provinciales serán atendidas por medio de un régimen público de reparto, basado en los principios de solidaridad, equidad, movilidad, irreductibilidad, proporcionalidad a la remuneración recibida en actividad y la inexistencia de privilegios que importen desigualdades que no respondan a causas objetivas y razonables. El Estado provincial instituye por ley especial la entidad que tendrá a su cargo el sistema, cuyo carácter será intransferible a otras jurisdicciones”. 

Dentro de nuestras propuestas, creemos esencial que se incorpore un artículo específico para regular el sistema de jubilaciones y pensiones provinciales, estableciendo principios claros para su funcionamiento pero asegurando que el mismo estará a cargo de una institución de carácter provincial y que serán intransferibles. Nuestra provincia tiene un sistema jubilatorio superior a la Nación, que debemos defender de aquellos intentos de ajuste, menoscabo o traspaso. 

3. Un artículo que dejaría como está y por qué:

El artículo 19: “La Provincia tutela la salud como derecho fundamental del individuo e interés de la colectividad. Con tal fin establece los derechos y deberes de la comunidad y del individuo en materia sanitaria y crea la organización técnica adecuada para la promoción, protección y reparación de la salud, en colaboración con la Nación, otras provincias y asociaciones privadas nacionales e internacionales. Las actividades profesionales vinculadas a los fines enunciados cumplen una función social y están sometidas a la reglamentación de la ley para asegurarla. Nadie puede ser obligado a un tratamiento sanitario determinado, salvo por disposición de la ley, que en ningún caso puede exceder los límites impuestos por el respeto a la persona humana”. 

La Constitución de 1962 fue de avanzada para su época al incorporar la salud como un derecho fundamental, incluso nuestra Constitución Nacional actual, de 1994, no tiene un artículo específico sobre este derecho. Además, el artículo es de una gran amplitud al entender a la salud tanto desde el punto de vista individual como de la comunidad; establecer su tutela como un deber del Estado; reconocer quienes se desempeñan en dicha tarea esencial pero también garantizando el respeto a la persona humana. Sin perjuicio, de la necesidad de mantener su redacción se pueden incluir pautas para políticas sanitarias específicas para sectores vulnerables.

Nicolás Mayoraz

Nicolás Mayoraz, actual diputado nacional, encabeza la lista de La Libertad Avanza. Desde ese lugar, en su programa retoma lineamientos que resultaron exitosos para la campaña que llevó a Javier MIlei a la Presidencia con la idea de adaptarlos ahora a su plan proselitista en Santa Fe. Así, plantea la eliminación del Senado, con el argumento de que hay que bajar el gasto político, aunque en realidad ese punto no está incluido en el temario que habilitó la ley de necesidad de la reforma y por lo tanto no podrá forzar su tratamiento. Además, propone que se exijan mayorías legislativas agravadas para sancionar aumentos impositivos.   

1. Un artículo de la Constitución que cambiaría y cómo:

Proponemos modificar el artículo 31 de la Constitución que establece la composición del Poder Legislativo de la Provincia. Si bien la casta quiso proteger los privilegios del Senado al no incluir explícitamente este artículo en la ley de reforma, consideramos que es una materia habilitada por incluirse artículos referidos al funcionamiento de la Legislatura. Vamos por la eliminación del Senado para bajar el gasto político. Está demostrado por experiencia, que aquellas provincias que poseen unicameralidad en nuestro país reducen significativamente el gasto político. Son 60 mil millones de pesos que los santafesinos dejarán de destinar a la política para financiar los temas que los aquejan: seguridad, educación y salud. 

2. Un artículo que incorporaría:

Proponemos incluir un artículo que establezca la necesidad de mayoría agravada (dos tercios de los votos) para aumentar impuestos o crear nuevos. 

Queremos que Santa Fe replique por muchos años el exitoso ejemplo de Javier Milei a nivel nacional y no depender de los aumentos de impuestos del gobernador de turno.

3. Un artículo que dejaría como está y por qué:

Consideramos importante mantener el artículo 23 de la Constitución provincial actual. Reafirmamos y defendemos a la familia como núcleo fundamental de la sociedad, así como el derecho de los padres a educar y amparar el crecimiento de sus hijos. Rechazamos las imposiciones ideológicas desde el Estado hacia los niños y el financiamiento de políticas basadas en la ideología de género, tales como tratamientos de hormonización e intervenciones quirúrgicas en menores. A su vez, creemos en el rol de las instituciones privadas en la protección de la maternidad, la infancia, la juventud y la ancianidad.

Juan Monteverde

 

Juan Monteverde, actual concejal de Ciudad Futura, encabeza la lista Más para Santa Fe, que es una alianza que incluye al Partido Justicialista y el Frente Renovador. Entre sus propuestas de reforma, plantea terminar, al menos en Rosario, con las elecciones de ediles cada dos años para evitar la “campaña permanente”. Plantea incorporar, también a nivel local, herramientas de participación como el plebiscito y darle rango constitucional a los derechos de las víctimas de la inseguridad.

1. Un artículo de la Constitución que cambiaría y cómo:

El artículo 107, referido a régimen municipal, que en su punto 2 establece que el Concejo se renueva de manera bianual por mitades. 

Necesitamos una profunda reforma política para tener una mejor democracia.  

Particularmente en Rosario queremos que las elecciones legislativas sean cada cuatro años junto con la de Intendente y no cada dos. La idea es evitar que la política esté en modo de campaña permanente y poder profundizar la democracia a través de instancias intermedias de participación directa como el referéndum revocatorio de mandato y la consulta popular para los temas y decisiones trascendentes de la ciudad. Pero esto no es una imposición, sino que cada municipio tiene que tener derecho a elegir sus propias formas de gobierno y autoridades. 

2. Un artículo que incorporaría: 

Darle rango constitucional a los derechos de las víctimas de la inseguridad. Hasta que el Estado no pueda garantizar la prevención total de los homicidios tiene que asegurar asistencia y reparación a las familias que la violencia destroza. En esas situaciones el Estado no puede volver a fallar: tiene que velar por la no revictimización y la restitución, es decir, un conjunto de medidas que van desde acompañamiento jurídico, psicológico, habitacional, hasta de salud y laboral, para que las víctimas y sus familiares, en el peor momento de sus vidas, no estén en soledad y cuenten con un proceso de reparación integral que les restituya derechos arrebatados.

3. Un artículo que dejaría como está y por qué:

El articulo 11, que sostiene que “todo individuo tiene derecho a expresar y difundir libremente su pensamiento mediante la palabra oral o escrita, o cualquier otro medio de divulgación”. 

Es el artículo que habla sobre la libertad y hoy estamos frente a una deriva autoritaria cada vez más pronunciada de quienes nos gobiernan. No solo a nivel nacional con la represión a manifestaciones y el hostigamiento a quien opina distinto, sino también a nivel local con la censura e intimidaciones a periodistas, medios de comunicación y la oposición. Es un momento para profundizar y fortalecer más que nunca este artículo, nuestras libertades y la vida en democracia.

Roberto Sukerman

Como el resto de los candidatos, Roberto Sukerman encontró acotada la propuesta de este medio y señaló que su campaña se basa en 60 compromisos para llevar a la Constituyente. De todos modos, aceptó el cuestionario.

1. Un artículo de la Constitución que cambiaría y cómo:  

Garantías constitucionales. Derecho procesal constitucional. 

Los derechos sin garantías son espejitos de colores, catálogos de ilusiones. Necesitamos acciones efectivas (garantías) que generen una “tutela judicial efectiva”. Necesitamos acciones judiciales para hacer cumplir los derechos vulnerados.

Actualmente, nuestra Constitución regula el amparo en el artículo 17 de manera muy deficiente de acuerdo a la evolución que se produjo en este tema. La reforma de la Constitución nacional de 1994 y la incorporación de los tratados de derechos humanos con jerarquía constitucional volvieron obsoleto nuestro amparo provincial. 

A su vez, la Constitución provincial regula el hábeas corpus en el artículo 9 sin ni siquiera nombrarlo. 

La ley de necesidad de la reforma nos da la posibilidad de darle jerarquía constitucional a la acción de amparo  individual y colectivo, la protección de los intereses difusos, los procesos colectivos, las acciones de clase, el hábeas data, el hábeas corpus.

Asimismo, es fundamental incluir la declaración de inconstitucionalidad de oficio y la inconstitucionalidad por omisión. 

En este sentido, se tiene que otorgar a la Legislatura la facultad para que redacte un Código Procesal Constitucional como poseen varias provincias argentinas, que incluya también, el Recurso de Inconstitucionalidad provincial y otros instrumentos específicos propios del Derecho Procesal Constitucional. 

En síntesis, se deben redactar estas garantías judiciales del Derecho Procesal Constitucional siguiendo las directrices de la Constitución nacional, los tratados de derechos humanos con jerarquía constitucional, las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, los dictámenes de la Comisión Interamericana de DDHH y las sentencias de la Corte Suprema de Justicia de la Nación es estos temas.

2. Un artículo que incorporaría: 

Defensor del Pueblo. Actualmente, el defensor del Pueblo solo está regulado por ley provincial 10.396 desde 1990 y no tiene rango constitucional. La ley de la necesidad de la reforma 14.384  autoriza a otorgarle rango constitucional. Tenemos que aprovechar la oportunidad para dotar a este instituto de fortaleza y autonomía, algo de lo que siempre careció. Así como está no sirve.

Consideramos de vital importancia garantizar que el defensor del Pueblo se designado por el bloque opositor a fin de garantizar su imparcialidad, teniendo una legitimación amplia para defender los derechos de población ante la violación de derechos humanos fundamentales como son el ambiente, a la salud, derecho a la vivienda, a una jubilación digna.

Podríamos sugerir la siguiente redacción:

“El Defensor del Pueblo es un órgano independiente con autonomía funcional y autarquía financiera, que no recibe instrucciones de ninguna autoridad.

Es su misión la defensa, protección y promoción de los derechos humanos y demás derechos e intereses individuales, colectivos y difusos tutelados en la Constitución Nacional, las leyes y esta Constitución, frente a los actos, hechos u omisiones de la administración pública, de empresas públicas o privadas prestatarias de servicios públicos, o cuando por cualquier motivo se vean afectados los recursos naturales o se altere el normal desarrollo del ambiente.

Tiene iniciativa legislativa y legitimación procesal. Puede requerir de las autoridades públicas en todos sus niveles la información necesaria para el mejor ejercicio de sus funciones sin que pueda oponérsele reserva alguna.

Está a cargo de un Defensor o Defensora del Pueblo que es asistido por adjuntos cuyo número, áreas y funciones específicas y forma de designación son establecidas por la ley.

El titular de la Defensoría del Pueblo será designado por la Legislatura, con arreglo al procedimiento que establezca la ley, a propuesta del bloque opositor con mayor número de legisladores y cesará en sus funciones si el bloque que lo propuso pierde dicha condición. 

Debe reunir las condiciones establecidas para ser legislador y goza de iguales inmunidades y prerrogativas. Le alcanzan las inhabilidades e incompatibilidades de los jueces.

Su mandato es de cinco años; puede ser designado en forma consecutiva por una sola vez, mediante el procedimiento señalado en el párrafo quinto. Sólo puede ser removido por juicio político.”

3. Uno que dejaría como está y por qué: 

ARTICULOS 110, 111, 112 y 113.-

Todos los artículos referidos a Educación (del 109 al 113) son sujetos a reforma. 

Excepto el 109 el resto podría dejarse como está. También podría actualizarse su lenguaje al contexto actual (retoques) o agregarse incluso otros párrafos pero esencialmente son pasibles de continuar sin grandes reformas. 

Sin embargo, el artículo 109 debe reformarse. Como mínimo, proponemos 2 reformas:

1) escolaridad obligatoria desde los 3 años hasta la secundaria completa. A nivel nacional es desde 4 años. Y nuestra provincia ni siquiera tiene ley de educación.

2) Menciona a las personas con discapacidad como “atípicos”  y eso no puede seguir así. Nosotros proponemos el derecho a la educación inclusiva para las personas con discapacidad.

Claudia Balagué

Claudia Balagué, actualmente diputada provincial, encabeza la lista del Frente Amplio Solidario (FAS). También exministra de Eduación, a la hora de pensar en qué reformar apunta a la sección ochava de la Constitución, que es la que hace referencia a esa temática. Propone darle rango constitucional a la obligatoriedad de la educación desde el nivel inicial al secundario, lo mismo que la Educación Sexual Integral (ESI). Además, plantea crear la banca pública de la provincia de Santa Fe.

1. Un artículo que cambiaría y cómo: 

Cambiaría varios artículos de la Sección Octava. Por ejemplo:

Artículo 109. “La educación es un derecho humano, bien público y social garantizado en forma indelegable por el Estado, siendo área prioritaria para la inversión social del Estado santafesino. Está sostenida por los principios de universalidad, gratuidad, laicidad, inclusión socioeducativa y calidad educativa. La educación es obligatoria desde el nivel inicial al nivel secundario, incluido. La Educación Sexual Integral es obligatoria”.

Justifico esta propuesta en mi experiencia de 7 años de ministra de educación, la ESI permite evitar el abuso infantil, prevenir el embarazo adolescente no deseado, reparar con verdad y justicia los casos de abuso pasados. Borrar los estereotipos de género, bregar por la igualdad entre hombres y mujeres y no permitir la discriminación en el colectivo LGBTQ. En síntesis permite el triunfo del amor y la amistad por sobre el odio y la violencia.

2. Un artículo que incorporaría: 

Crear la Banca Pública de la Provincia de Santa Fe. Esto permitirá generar créditos hipotecarios accesibles, ya que hoy la gente elige entre comer o pagar el alquiler. Generar un fondo de desempleo para todos los trabajadores que están quedando desocupados. Generar becas estudiantes para los sectores que hoy no pueden acceder a la educación, entre otros beneficios para los sectores más vulnerados.

3. Un artículo que dejaría como está y por qué: 

De la sección octava dejaría el artículo 113.

Si bien nosotros propusimos una reforma total de la Constitución, este artículo en particular insta a la provincia a destinar los recursos suficientes para el sostenimiento, difusión y mejoramiento de los establecimientos educativos del estado. La ley asegura al docente un régimen de ingreso, estabilidad y carrera profesional y estimula y facilita su perfeccionamiento técnico y cultural. 

Este artículo hace eje en el presupuesto educativo, la estabilidad laboral, carrera docente y formación continua del docente. Temas fundamentales para mejorar la educación. En nuestra gestión en el Ministerio de Educación llevamos adelante propuestas concretas e innovadoras en cada una de estas materias (titularizaciones, escuela abierta, infraestructura escolar, mirada maestra y muchos programas de perfeccionamiento docente).

Carla Deiana

Carla Deiana, que encabeza el Frente de Izquierda, propone que la nueva Constitucion santafesina establezca un “sistema único, estatal, gratuito y laico”, es decir eliminar a enseñanza privada y religiosa, y se pronunció por impedir la reelección de los gobernadores.

1. Un artículo de la Constitución que cambiaría y cómo:

Más que un artículo, sustituiría el capítulo entero de la Sección Octava, referido al Sistema Educativo en la provincia de Santa Fe. Contrariamente de lo que actualmente está plasmado en la Carta Magna provincial, que deslinda al Estado de su responsabilidad en garantizar la continuidad educativa más allá del ciclo inicial y primario, además de darle una enorme injerencia al sector privado, es necesario establecer un sistema educativo único, estatal, gratuito y laico en toda la provincia de Santa Fe. Un sistema educativo que garantice el derecho a la educación y la continuidad de las trayectorias escolares de las infancias y adolescencias. Que fije un salario igual al costo de la canasta familiar, actualizado mensualmente por inflación, para toda la docencia y los trabajadores de la educación, y el reestablecimiento del 82% móvil para las y los jubilados docentes, porque el eje vertebrador la escuela son los docentes que la sostienen. Es responsabilidad del Estado provincial que se construyan las aulas faltantes y se garantice la infraestructura escolar. Así como la fijación de becas estudiantiles para quienes no cubren en sus hogares la canasta familiar con los ingresos propios. Un sistema educativo en estos términos tiene que estar financiado íntegramente por el Estado provincial, para lo cual es necesaria una partida presupuestaria acorde que planteamos se conforme en base a impuestos especiales a los grandes rentas y ganancias capitalistas, quitando todo tipo de subsidios a la educación privada, la cual debe incorporarse al sistema educativo público con todo su personal, reconociéndose todos sus derechos laborales.

Un sistema educativo único planteado en estos términos significa defender la enseñanza científica que apunte a una formación no sesgada sino universal, en oposición a la injerencia de los distintos cultos religiosos que hoy dominan al menos 800 establecimientos del sistema educativo privado, así como rechazar una educación mercantilizada orientada a formar mano de obra barata para un mercado laboral en crisis.

En nuestra reforma el dictado obligatorio de ESI, de forma científica y con perspectiva de género en todos los establecimientos educativos, apunta a dotar de recursos críticos a docentes, niños, niñas y adolescentes para prevenir abusos que mayormente se dan al interior de los hogares.

2. Un artículo que incorporaría:

Incorporaría un capítulo referido al trabajo que hoy se encuentra completamente ausente en la Constitución. Por un lado, la necesidad urgente de establecer la registración laboral de todos los trabajadores y trabajadoras. La fuerza de trabajo en la Argentina se encuentra al menos un 40% sin registrar, y en nuestra provincia abunda en las tercerizaciones de las grandes empresas. Los trabajadores y trabajadoras deben contar con el amparo constitucional para denunciar frente al Ministerio de Trabajo de Santa Fe esta irregularidad a fin de que el empleador, sea este público o privado, regularice de inmediato y sin demoras la situación del trabajador no registrado o registrado deficientemente. Un trabajador registrado, adquiere derechos fundamentales, como es una prestación médica y los aportes para una jubilación futura. Si hay trabajo en “blanco”, al mismo tiempo hay una caja jubilatoria que adquiere recursos para garantizar una jubilación digna. Esto no es casual, ya que venimos de una reforma antijubilatoria por parte de Pullaro, quien argumentó para su aprobación el déficit de la caja jubilatoria provincial. Su solución fue atacar derechos jubilatorios, pero no dijeron ni una palabra de terminar con el trabajo no registrado, de regularizar los miles de trabajadores precarizados empleados por el propio Estado para fortalecer así los fondos jubilatorios ni de aumentar los aportes patronales que a nivel nacional rebajaron Menem y Cavallo.


3. Un artículo que dejaría como está y por qué:

Dejaría igual el artículo 64 de la Constitución de Santa Fe, porque el Frente de Izquierda rechaza la reelección de los gobernadores que representan intereses capitalistas y hoy son peones de Milei, como lo vimos en la votación del Congreso donde mandaron a sus diputados apoyar a dos manos un nuevo acuerdo colonial con el FMI. Nos presentamos a estas elecciones para repeler el carácter reaccionario que le quieren imprimir los bloques políticos tradicionales a la reforma constitucional de Santa Fe, en primer lugar la reelección del gobernador, que significaría tener a Pullaro 8 años al frente del Estado ajustando salarios y jubilaciones, persiguiendo a los docentes, destruyendo la salud y la educación. Una Constituyente en manos de Pullaro y sus cómplices es un peligro, porque ya gobierna violando las garantías constitucionales expresadas en el Artículo 5 de la Constitución provincial, así como violentó el estatus constitucional que tiene la movilidad jubilatoria con la reforma previsional que se aprobó en la Legislatura con represión. Advertimos a la ciudadanía que si la convención reformadora se conforma con los mismos de siempre, es decir, con mayoría de radicales, peronistas, “socialistas” y evangelistas, vamos a tener una Constitución que puede tener una redacción nueva pero será muy rancia y contraria a las necesidades de la mayoría trabajadora.

Alejanda Locomotora Oliveras

 

La boxeadora Alejandra Locomotora Oliveras ya tiene una experiencia como candidata a diputada nacional de Unite. Ahora, para las elecciones de constituyentes, encabeza la lista del Frente de la Esperanza. Propone que en la nueva Constitución se declare la seguridad pública como “derecho y responsabilidad del Estado”. También que se consagre “el derecho al deporte y la actividad física para todos”.

1. Un artículo cambiaría y cómo: 

Aunque la Constitución no tiene un artículo exclusivo sobre  seguridad, cambiaría el marco de los derechos y garantías, por ejemplo,  reformulando el artículo 9 (relativo a la libertad personal y las garantías  judiciales). Propondría agregar un inciso que reconozca la seguridad pública como derecho y una responsabilidad principal del Estado. Hoy la seguridad no es solo cuestión de más policías, sino de prevención, reinserción social y respeto por los derechos humanos. También es clave mejorar la profesionalización de las fuerzas de seguridad, asegurando que actúen con transparencia y capacitación continua. No se trata solo de reaccionar ante el delito, sino de prevenirlo y construir comunidades más seguras. 

2. Un artículo que incorporaría:

Sumaría un artículo que garantice el derecho al deporte y la actividad física para  todos. No solo porque es importante para la salud, sino porque el deporte fomenta la inclusión social, cumple una función preventiva, aleja a los jóvenes de tomar malas decisiones, de situaciones de riesgo (como el consumo de drogas). El deporte mejora la calidad de vida en general y en varios aspectos. La idea sería que el Estado tenga la obligación de generar espacios deportivos accesibles y programas que permitan a todos practicar alguna actividad física,  especialmente en los barrios más vulnerables. No se trata solo de apoyar al deporte profesional, sino de hacer que cualquiera pueda tener acceso a jugar, entrenar y estar en movimiento.

3. Un artículo que dejaría como está y por qué: 

Hoy en día, cuando muchas veces se cuestionan los derechos o se intenta restringir libertades, me parece fundamental que la Constitución tenga artículos como el 6 y el 7, que dejan bien en claro que los derechos no son un favor que nos da el Estado, sino algo que nos pertenece como personas. El artículo 6 dice que todos los que viven en la provincia, sin importar si son argentinos o  extranjeros, tienen los mismos derechos y garantías. El artículo 7 va aún más  allá, porque obliga al Estado a respetar y proteger la dignidad de cada persona, dejando en claro que nuestros derechos no dependen de la voluntad de un gobierno, sino que son inviolables. Son artículos que refuerzan la idea de que  la Constitución está para cuidar a las personas, no para limitarlas.