El Directorio de la Comisión Nacional de Valores (CNV), organismo nacional que controla los mercados de valores, aplicó la sanción más significativa de su historia a la agencia de Bolsa rosarina Guardati Torti por irregularidades en el manejo de cuentas e incumplimiento del régimen informativo.

La agrofinanciera cayó en default en 2020 arrastrada por el impago de Vicentín, que era su principal socio comercial. Pero su crisis económica se transformo en judicial cuando en pos de afrontar las acreencias con sus clientes del agro (productores que le habían entregado granos a su acopio) manotearon los saldos de la cuentas de sus clientes de la casa de bolsa (que invertían en acciones y bonos con ellos).

No en vano, por esas irregularidades sus dos socios, Ángel Torti y Juan Carlos Guardati, terminaron varios días presos, imputados por múltiples estafas en la Justicia Penal. Torti era el hombre de confianza de Alberto Padoán (Vicentín), en tiempos en los que el aceitero conducía la Bolsa de Comercio de Rosario.

En concreto, la CNV multó a los directores de la empresa Juan Carlos GUARDATI, Ángel Alberto TORTI, Alejandro Damián GIACOMINO, Juan Martín GUARDATI, Natalia Susana GUARDATI, Laura Marcela TORTI, Noemí Alicia PONTE y Susana Margarita ALESANDRINI (junto con el Síndico de GUARDATI TORTI SA. al momento de los hechos, Sr. Gustavo Ricardo ROSSI) de manera solidaria $ 2.760.905.884. En tanto, a Sr. Carlos A. FRANCIOLI se lo sancionó con de $ 30.000.000 y al Sr. Juan Ignacio AGUILAR ($ 7.000.000). 

Además, inhabilitó para operar en el mercado a  Juan Carlos GUARDATI, Ángel Alberto TORTI, Alejandro Damián GIACOMINO, Juan Martín GUARDATI, Natalia Susana GUARDATI, Laura Marcela TORTI por el término de CINCO (5) años y; a las Sras. Noemí Alicia PONTE y Susana Margarita ALESANDRINI por el término de CUATRO años. Al síndico titular al momento de los hechos, Sr. Gustavo Ricardo ROSSI, se lo inhabilitó por el término de TRES (3) años y al oficial de cumplimiento regulatorio al momento de los hechos, Sr. Carlos A. FRANCIOLI, en por el término de UN (1) año.

Se trata de la multa más grande que emitió el organismo, dado que se aplicó un múltiplo del beneficio obtenido (la Ley permite hasta un quíntuplo del perjuicio ocasionado o del beneficio obtenido), aplicando el artículo 132, de la Ley N° 26.831, del mercado de capitales.

Esta decisión, señala la CNV; se da en el marco del rol de protección de los inversores, el cual es primordial para este Organismo y en atención a la severidad de las infracciones incurridas, el perjuicio causado a inversores, a la transparencia del mercado y a la confianza del público inversor en general.

La caída

GUARDATI TORTI S.A. tenía un objeto societario múltiple, entre los cuales tenía como actividad el corretaje de granos, además de actuar como ALyC Propio inscripto ante la CNV (matrícula suspendida en el año 2020). De la investigación llevada a cabo y lo probado en el sumario se destaca lo siguiente:

  • GUARDATI TORTI S.A., en el marco de su actividad agropecuaria emitió cheques de pago diferido por cuenta y orden de la sociedad VICENTÍN S.A. a productores agropecuarios / clientes de la actividad de corretaje de cereales, los que se cobraban contra la cuenta bancaria de GUARDATI.
  • Los fondos con los que GUARDATI cubrió el pago de los cheques presentados al pago, inicialmente provenían de su actividad de corretaje de cereales, pero, dado que VICENTÍN -en crisis financiera a la época- comenzó a incumplir con el pago a los corredores / productores / acopiadores, sostuvieron el pago de los cheques con fondos aportados por lo comitentes en el marco de su actividad como ALyC. Incluso GUARDATI continúo librando cheques por cuenta y orden de VICENTÍN -a pesar de que esta se encontraba en estado de cesión de pago, y estando en conocimiento de ello, los que empezaron a ser rechazados por falta de fondos.

En este contexto, y de modo contemporáneo, los comitentes comenzaron a canalizar sus denuncias ante el Organismo, quienes daban cuenta de la: (a) imposibilidad de operar; (b) imposibilidad de disponer de sus saldos líquidos; (c) existencia de demoras en el traspaso / transferencia de sus títulos a otro Agente; (d) existencia de diferencias entre el resumen de cuenta corriente en GUARDATI y lo informado por CAJA DE VALORES S.A.; y/o (e) imposibilidad o dificultad para comunicarse con la Sociedad.

En conclusión, se verificaron los siguientes incumplimientos:

1) Los sumariados utilizaron fondos pertenecientes a los comitentes en el marco de la actividad bursátil, actividad esta bajo la órbita de competencia de este Organismo, para cubrir pagos relativos a la actividad de corretaje de granos.

2) GUARDATI priorizó en todo momento sus propios intereses por el de sus comitentes, por lo que no obró con “honestidad, lealtad, profesionalidad y diligencia, para el mejor interés de sus clientes.” Las normas aplicables (reglamentación de CNV) tienen previsto que los fondos (a falta de orden específica) deben ser “invertidos en favor del comitente”.

3) GUARDATI no suministró al personal del Organismo información solicitada sobre los reclamos de los clientes, en oportunidad de la verificación realizada.

4) Los miembros del órgano de administración estaban en pleno conocimiento del accionar desarrollado (uso de los fondos de los comitentes para cubrir pagos por el corretaje de cereales) y, ninguno de ellos se lo comunicó al responsable de cumplimiento regulatorio y control interno.

5) GYT PLUS S.A. y GUARDATI compartían los mismos directores. GYT PLUS S.A. era la principal deudora de GUARDATI y, a pesar de ello, GUARDATI no lo informó como hecho relevante, aun cuando este Organismo le cursó requerimientos específicos sobre este aspecto.

6) GUARDATI no se abstuvo en su funcionamiento hasta la suspensión decretada por esta CNV en fecha 19.02.2020, a pesar de la situación de crisis económica/financiera que estaba atravesando, lo que debió haber hecho de acuerdo a la normativa vigente.

7) La información que le fue suministrada al público inversor al momento de brindar aclaraciones con relación a la nota que detallaba la caída de GYT PLUS S.A, fue confusa y tardía.

8) La estructura organizativa a la luz de los profusos incumplimientos normativos, demostró que no era la adecuada.

9) Se incumplieron con ciertas previsiones del Código de Conducta del ALyC.

“Hemos sancionado a Guardati Torti S.A, de manera ejemplar, dado que ha incumplido la Ley del Mercado de Capitales y la normativa de esta Comisión, apropiándose de fondos de los inversores. Es para nosotros fundamental proteger a los inversores, de este tipo de maniobras”, dijo el titular de la CNV, Roberto Silva. 

“Esta medida demuestra que los hechos graves se sancionan con todo el peso de la Ley, en lo que concierne a la jurisdicción de la CNV. Las faltas importantes, tienen la sanción que corresponde”, agregó.

La multa que se aplicó consideró la gravedad de la conducta principal, y demás infracciones verificadas, tuvo en cuenta el beneficio obtenido por los sumariados.