La médica obstetra María Cristina Giménez, de 69 años, fue condenada este viernes a cinco años de prisión por los delitos de homicidio culposo y lesiones gravísimas, por los casos de dos mujeres que fueron asistidas por la profesional y optaron por dar a luz en sus domicilios, donde sufrieron complicaciones como consecuencia de una serie de negligencias. Una de las pacientes falleció tras ser trasladada de urgencia a un hospital de Rosario en pleno trabajo de parto. La otra debió ser sometida a una histerectomía. En ambos casos, los bebés murieron.

El tribunal de juicio estuvo integrado por los jueces Paula Álvarez, Florentino Malaponte y Carlos Leiva, que condenó a la médica a 5 años de prisión efectiva por los delitos de homicidio culposo y lesiones culposas en concurso real en calidad de autora, además de 10 años de inhabilitación especial. La acusación estuvo a cargo de los fiscales Valeria Prunotto y Matías Edery. La condenada permanecerá en libertad hasta una eventual confirmación del fallo de primera instancia.

El primer caso en debate fue el de Mariela Zúñiga, ocurrido el 4 de mayo de 2015 en Soldini. La mujer había tenido una cesárea previa en un plazo menor a los dos años. Ese primer parto, recordaron familiares, había sido una mala experiencia para la mujer, ya que consideraba que la cesárea había sido innecesaria.

Por eso, Mariela había comenzado a leer bibliografía por su cuenta. Así, conoció a la doctora Giménez, que le hablaba de la innecesariedad de la cesárea. Hubo una primera consulta y Mariela empezó a asistir a los talleres de la obstetra.

Los médicos que declararon ante el tribunal afirmaron que el plazo mínimo de dos años es necesario para que el útero no esté debilitado.

El plazo entre ambas gestaciones y la cesárea previa eran, según los especialistas ante los jueces, dos factores que hacían riesgoso y desaconsejado el parto domiciliario.

Aquel 4 de mayo, los trabajos de parto comenzaron a la madrugada. Giménez llegó entre las 7 y las 8 de la mañana, acompañada de una doula y con un aparato para medir los latidos y un tubo de oxígeno.

Los testigos recordaron que Mariela comenzó a manifestar profundos dolores, síntoma de un rompimiento uterino. En el baño, perdió mucha sangre. Giménez decía que esto se debía a que “el bebé estaba por nacer”. Además, cuando volvió de fumar en el patio, le dijo a la parturienta: “Aprendé a parir”.

La mujer se desvaneció y fue trasladada en el auto de la obstetra al Hospital Roque Sáenz Peña, cuyo personal no estaba avisado de antemano. Luego se comprobó que Mariela había ingresado ya sin vida. El personal intentó salvar al bebé con una cesárea de urgencia, pero también murió.

El diagnóstico fue de shock hipovolémico por pérdida de sangre debido al rompimiento de útero.

En el debate, los especialistas hicieron hincapié en un lapso de tiempo crucial: tres minutos. Ese es el tiempo que se tiene para salvar al bebé después de que se rompe el útero. “Un bebé intrauterino recibe alimento a través de la placenta y sangre materna. Si hay desprendimiento de la placenta, no recibe oxígeno. Son 3, como mucho 5 minutos para la muerte del bebé”.

“En Rosario –y en toda la Argentina– no hay posibilidad material de llegar de ningún domicilio a un efector de salud en tres minutos. Por eso están contraindicados los partos domiciliarios con cesáreas previas, porque el riesgo de rompimiento uterino aumenta y con ello la posibilidad de tener que salvarle la vida a un bebé y a la madre en apenas tres minutos”, alegaron los acusadores.

El otro caso que fue llevado a juicio es el de una mujer que ya había tenido cuatro hijos –dos por cesárea y dos por parto vaginal–. En todos sus embarazos, dijo, había hecho lo que le recomendaban los médicos que la atendían. Sin embargo, sus experiencias en hospitales no habían sido las mejores y narró situaciones de frío y hambre. Empezó a barajar la posibilidad de un parto domiciliario. Por eso, en 2016 y con seis meses de embarazo, contactó a Giménez. Según los testigos y la propia víctima, la obstetra, al ser consultada sobre los riesgos de esta modalidad, “esquivó la respuesta y minimizó los riesgos”.

“Si te tenés que morir, te vas a morir; es más probable que te mueras en un accidente de tránsito a que se te rompa el útero”, aseguran que dijo la especialista Giménez, referente de consulta sobre el concepto del parto respetado, cuyo significado es amplio y no se limita al parto domiciliario.

Hubo muchas consultas y dudas que, en teoría, fueron evacuadas por la médica. Sin embargo, la segunda víctima aseguró ante el tribunal que nunca supo ni le fue informado sobre el lapso de los tres minutos, crucial para que el bebé sobreviva en caso de un rompimiento de útero.

El plan B de aquel 7 de marzo de 2017 era un traslado de urgencia a la Maternidad Martín, ubicada a media hora de la casa donde estaba previsto el parto domiciliario, que iba a realizarse en una pileta.

Como en el caso anterior, la parturienta sufrió un rompimiento de útero. Sobrevino una grave hemorragia que motivó un traslado de urgencia al Eva Perón. El bebé murió y a la mujer debieron realizarle una histerectomía para salvarla.

Durante el debate, la Fiscalía le reprochó a la obstetra no informar los riesgos reales del parto domiciliario. A su vez, que Giménez asumió los riesgos de dicha práctica, el no contratar un servicio de traslado prehospitalario para una eventual urgencia y el no dar aviso previo a una institución sanitaria.

Los obstetras que declararon ante el tribunal señalaron que la posibilidad de partos domiciliarios en ambos casos “era una locura” y que era imposible que una médica de la experiencia de la doctora Giménez no conociera las contraindicaciones.

A saber: en los domicilios no había un médico neonatólogo, no había instrumental ni fármacos para la atención del parto, no se había contactado a una ambulancia para que estuviera disponible en caso de urgencia y no se había avisado al hospital que había una emergencia y que estaban yendo con una paciente.

Otro importante reproche a la médica fue que no advirtió en ninguno de los dos casos que se estaba rompiendo el útero de las pacientes, aun cuando ambos embarazos eran de riesgo por las cesáreas previas.

La Fiscalía dijo que durante el debate la defensa pretendió “poner en cabeza de las víctimas” la decisión del parto domiciliario, pero –de acuerdo con la acusación– para tomar esa decisión se asesoraron con una obstetra que les minimizó los riesgos y las alentó a tomarla.

¿Por qué hizo todo esto la doctora Giménez? Para la Fiscalía, en la médica obraron veleidades académicas. “La respuesta hay que buscarla en su pelea con las institucionalizaciones de los partos. Si ella podía mostrarle al mundo académico que tenía partos domiciliarios exitosos en embarazos de riesgo, hubiera sido un éxito importante. Y fue por ello que, dejando de lado los serios riesgos, instó y alentó a las mujeres a tener el parto en casa, aun cuando era muy riesgoso”.