La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (Arca) reglamentó el mecanismo para la importación sin aranceles de vehículos eléctricos, híbridos y a hidrógeno. Lo hizo mediante una resolución publicada en el Boletín Oficial donde establece las condiciones y requisitos que deberán cumplir las concesionarias y empresas automotrices.

De acuerdo a la publicación, el régimen tendrá una vigencia de cinco años y regirá para la adquisición de automóviles cuyo valor Free On Board (FOB) -es decir, sin contar el costo del flete- no supere los 16.000 dólares. Para esos casos, se elimina el Derecho de Importación Extrazona (DIE) vigente, que era del 35%.

Además, se estableció un cupo anual de 50.000 unidades, lo que representa el 20% de las ventas anuales de autos livianos en el país. La asignación se hará según la fecha de nacionalización y el menor precio ofrecido. 

El mismo se dividirá en dos: 25.000 vehículos para empresas con terminales de fabricación local y 25.000 para personas físicas o jurídicas que requieran importar vehículos híbridos, eléctricos y a celdas de combustible (hidrógeno) para su comercialización con carácter de proveedores.

Para acceder a los cupos, las empresas deben tramitar la solicitud a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino (Vucea) y el sistema online de Trámites a Distancia (TAD). El procedimiento se encuentra detallado en el anexo de la resolución y el manual de usuario publicado en la web oficial de Arca.