Tal como lo había anunciado en diciembre de 2024, el gobierno nacional autorizó el autodespacho de combustibles en todo el país. La implementación del servicio quedará a elección de cada expendedor y desde la Secretaría de Energía, que corresponde a la cartera económica, establecerán los requisitos a cumplir por parte de las estaciones de servicio que deseen sumar la modalidad.

La medida fue oficializada a través del Decreto 46/2025, publicada en el Boletín Oficial este miércoles. Lleva la firma del presidente Javier Milei, el ministro de Economía, Luis "Toto" Caputo, y el Jefe de Gabinete de Ministros, Guillermo Francos.

Se trata de una actividad que está permitida en países como Estados Unidos, Uruguay y Paraguay, además de estados integrantes de la Unión Europea. (Foto: Alan Monzón/Rosario 3)

En cuanto al uso de los expendedores de autodespacho señalaron que "una vez terminado el suministro de combustible, se repondrá la tapa del tanque y se colgará la manguera en su lugar, cuidando de que no quede enganchada en algún saliente del vehículo" y que "recién entonces se estará en condiciones de poner en marcha el motor".

En el decreto también autorizaron el uso de tanques sobre el terreno en "estaciones de servicio y estaciones de servicio móviles", según indiquen las condiciones de seguridad y despacho que deberán ser establecidas por la Secretaría de Energía.

"Se entiende como estaciones de servicio móviles a los depósitos portátiles autónomos que están totalmente equipados para el transporte y el abastecimiento de hidrocarburos. Pueden utilizarse de forma fija o móvil, con la posibilidad de ser izados o transportados", se precisó.