En un duro revés judicial para el gobierno nacional, la Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró inconstitucional la actual fórmula que utiliza Anses para calcular las jubilaciones y pensiones. Según este fallo, las remuneraciones a jubilados deben actualizarse por el índice de salarios básicos de la industria y la construcción (ISBIC) y ya no por la aplicación del índice de remuneración imponible promedio de los trabajadores estables (RIPTE).

El de este martes es considerado un fallo muy duro para el gobierno de Mauricio Macri y clave para los jubilados y pensionados. De esta manera, la Corte Suprema de Justicia avala una gran cantidad de reclamos que se presentaron desde que Anses cambió la fórmula de cálculo de los haberes.

Los jueces Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosatti y Elena Higton de Nolasco conformaron el voto de la mayoría, a favor de la inconstitucionalidad del RIPTE. Carlos Rosenkrantz, presidente del tribunal, fue el único que votó en contra.

La Corte, además, ordenó que el Congreso de la Nación fije, "en un plazo razonable", el indicador para la actualización de los salarios en el período 1995-2008.

También estableció que esa actualización se realice por aplicación del ISBIC, el índice que tuvo mayor variación entre abril de 1995 y febrero de 2009: se incrementó un 435% contra 178% del RIPTE, un indicador conformado por los salarios promedio de los trabajadores registrados.

De este modo, el criterio de la Corte deberá ser aplicado de inmediato a las causas judiciales en trámite.