Luego de que el propio gobernador de Jujuy, Gerardo Morales, informara sobre la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) a una niña jujeña de 12 años que fue víctima de una violación, Amalia Granata se manifestó en contra.

Se trata de una nena que fue abusada sexualmente en la localidad jujeña de San Pedro por un hombre de 60 años, delito que fue denunciado por su madre el último viernes.

Desde el martes, la menor está internada en el hospital Materno Infantil de la localidad, a la espera del cumplimiento del protocolo que establece la ILE y que fue solicitado por la familia de la niña.

El equipo médico interviniente concluyó que "la continuidad del embarazo constituye un riesgo para la salud” de la niña.

Según se indicó, la práctica más adecuada para realizar la interrupción del embarazo es a través de una cesárea, "por resultar el procedimiento que mejor resguarda la salud integral de la niña".

Al conocerse la noticia, Amalia Granata, escribió en su cuenta de Twitter.

El caso de la niña jujeña llegó a los medios nacionales luego de que se denunciara la obstaculización de la aplicación de la ILE.

La dilatación del procedimiento fue denunciada por la abogada de la familia, Marta Paniagua, y la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal Seguro y Gratuito.

Se trata de un caso previsto en las causales de aborto no punible que establece el Código Penal. Y la provincia está adherida al protocolo. Tras la polémica, Morales garantizó la práctica.

Aborto no punible

El aborto no es punible, según el Código Penal argentino (artículo 86), cuando se realiza “con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y si este peligro no puede ser evitado por otros medios”, y cuando el embarazo proviene “de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente”.

Tras décadas de discusión jurídica en torno a si en los casos de violación el aborto era no punible sólo para la mujer con discapacidad o para todas las mujeres, el 13 de marzo del año 2012, la Corte Suprema de Justicia de la Nación zanjó en el fallo (conocido como “caso F.A.L.) la disputa al establecer que cualquier mujer que haya atravesado una violación tiene derecho a interrumpir su embarazo.

Para ello, es suficiente una declaración jurada sobre el delito en el centro de salud, sin necesidad de autorización judicial.